Acceso y admisión en las enseñanzas elementales de Danza
- Para acceder a las enseñanzas elementales de Danza es requisito imprescindible tener 8 años en el año de realización de la prueba (excepcionalmente podrán ser admitidos aspirantes de 7 años que acrediten tener concedida la flexibilización de la escolarización por su condición de superdotados) y superar una prueba de acceso que convoca la Consejería de Educación.
- Para el acceso a un curso diferente al de primero será preciso superar una prueba específica.
- La superación de la prueba de acceso faculta exclusivamente para matricularse en el curso para el que se haya solicitado la admisión, siempre que existan vacantes disponibles, y únicamente tiene validez para el año académico en el que haya sido convocada.
- La prueba suele celebrarse en el mes de junio. En caso de quedar plazas vacantes, en septiembre se convoca nuevamente.
Admisión curso 2024-2025
Convocatoria
Novedad: Listados definitivos de calificaciones de las pruebas de acceso de las Escuelas Profesionales de Danza de Castilla y León, septiembre 2024
Escuela profesional de danza de Castilla y León "Ana Laguna" de Burgos.
Escuela profesional de danza de Castilla y León de Valladolid.
Plazo de solicitud: Finalizado.
Documentación:
Junto con la solicitud, que en el caso de presentación electrónica se enviará digitalizada, se adjuntará la siguiente documentación:
- Copia del DNI o NIE del solicitante o si es menor de edad, del padre, madre o tutor legal que lo represente, en el caso de que se oponga expresamente en la solicitud a que la Consejería de Educación consulte directamente y/o por medios electrónicos los datos de identidad y edad. Si se identifica con el pasaporte, deberá aportar copia del mismo.
- En el caso de los solicitantes que deben realizar prueba de acceso:
1º Dos fotografías tamaño carné.
2º Justificante del pago de los precios públicos.
La admisión que precise de la realización de la prueba de acceso de los centros sostenidos por fondos públicos en la Comunidad de Castilla y León, conllevará el abono de los correspondientes precios públicos con las exenciones y bonificaciones que en él se prevén: DECRETO 11/2015, de 29 de enero (1.553 kbytes)